(ed. Por consiguiente, la causa será el conjunto de condiciones o antecedentes que han contribuido a la producción causal del resultado. WebLa imputación objetiva del resultado es un. (Vargas González et al, op.cit, p. 81). Ejemplo: alguien dispara sobre otro con ánimo homicida y lo hiere de tal forma que hubiera muerto a consecuencia de ello de no haber sido intervenido quirúrgicamente a continuación; sin embargo en la operación se utiliza un bisturí infectado que determina una infección que lleva a la muerte del paciente. 99 y ss. 32 En esta argumentación han coincidido últimamente BURKHARDT, en: WOLTER/FREUND, Straftat (nota 6), pp. Ejemplo de imprudencia: A atropella imprudentemente a B, posteriormente al comunicarle la noticia a la madre de B, ésta sufre un schok nervioso, del que se deriva un resultado de lesiones o de muerte. Por ello, no se entiende que Jakobs en el reciente trabajo antes mencionado42 sostenga que el establecimiento de un filtro objetivo previo "en todo caso" sirve para la exclusión de ciertos conocimientos especiales, o que el establecimiento de tal filtro no hace daño, pero tampoco sirve para nada, ya que en última instancia el nivel máximo de la imputación viene determinado por el lado subjetivo. Pero sucede que también la norma … WebLa responsabilidad civil es la obligación de una persona que debe resarcir a otra por los daños que el causante (el responsable) ha causado, bien como consecuencia de un incumplimiento contractual (responsabilidad contractual) o bien cuando no existía un vínculo previo (responsabilidad extracontractual).Puede ser en especie o bien por un equivalente … Pues para éstos, la imputación objetiva no sólo acota la materia de prohibición como una especie de límite externo derivado de la teoría de las normas, sino que -de acuerdo con una concepción que reconoce la misión social de la construcción dogmática y consiguientemente de la "norma"- contribuye a la constitución del injusto, ya que no puede haber tipicidad sin relevancia objetivo-social de la conducta. Resulta evidente la importancia de la causalidad dentro de la teoría de la imputación objetiva; todo comportamiento delictivo tiene siempre un resultado y de ahí es imputable, así como fenómeno físico, siempre la conducta va a producir un resultado. 84-85). La respuesta debe ser, en opinión de Roxin, negativa, ya que estos daños secundarios están fuera del alcance del ámbito de prohibición de la norma. p. 131). cit., pp. (Jescheck, op. Webla teoría de la imputación objetiva es en que su desarrollo aún no ha alcanzado . Al autor culposo se le castiga porque no ha evitado el resultado jurídicamente desaprobado, a pesar de tener objetiva y subjetivamente la posibilidad de hacerlo. Dentro de ésta se tiene la denominada teoría de la interrupción del nexo causal que sostiene que en determinados cursos causales acumulativos o irregulares la intervención de un "factor externo" aunque se apoye en el curso causal anterior, conduce inmediatamente al resultado, rompe el anterior curso causal; y por ello excluyen la atribución del resultado al primer autor. Dicha norma establece que una persona que ha sido condenada tiene derecho a solicitar compensación en el evento de que la detención policial o la prisión preventiva haya sido ilegal para el delito específico por el cual fue privado de libertad 78 . Estudios de Derecho Penal. 35-36). 1 a 35 (= "La prohibición de regreso en los delitos de resultado. Sólo es objetivamente imputable un resultado causado por una acción humana (en el sentido de la teoría de la condición) cuando dicha acción ha creado un peligro jurídicamente desaprobado que se ha realizado en el resultado típico. ), Festschrift für Hans Joachim Hirsch zum 70. El contexto de la acción justifica. 271 y ss. 39 y s., 42; SANCINETTI, “Observaciones sobre la teoría de la imputación objetiva”, en: CANCIO MELIÁ/FERRANTE/SANCINETTI, Estudios sobre la teoría de la imputación objetiva, Buenos Aires, 1998, pp. 148-149). En esta y otros supuestos análogos, lo esencial es determinar si el fin protector del precepto infringido está destinado a impedir la producción de las consecuencias directas lesivas para el bien jurídico o también evitar daños secundarios desencadenados por aquellas. de un tipo objetivo común para dolo e imprudencia (afirmativamente, por ejemplo, MIR PUIG, "Función de la pena y teoría del delito en el Estado social y democrático de Derecho", 2ª ed., en: IDEM, El Derecho penal en el Estado social y democrático de derecho, pp. WebLo objetivo y lo subjetivo en la teoría de la imputación objetiva 1. (Larrauri, op.cit, págs. Que Jakobs señale que esto como en general la pertenencia de algún elemento a injusto o culpabilidad- sea una mera cuestión "didáctica", pero no del "concepto creciente de delito"43 proximidad a un indica, modelo según parece, su unitario-hegeliano de 44 delito . Lo cierto es que . 13 Subjetivismo e imputación objetiva (nota 12), pp. JAKOBS, GS Armin Kaufmann (nota 8), pp. La imputación objetiva puede faltar, además, cuando el resultado queda fuera del ámbito de protección de la norma que el autor ha vulnerado mediante su acción, ya que en tal caso no se realiza en el resultado el riesgo jurídicamente desaprobado que ha creado el autor, sin otra clase de riesgo. WebTeoría dialéctica de la unión de Roxin. y, como se ha dicho –cfr. objetivo del. 296 y ss. El principio de auto responsabilidad resulta de vital importancia en la teoría de la imputación objetiva. Una acción podrá atribuírsele a un individuo, sólo cuando constituya su obra. (Berdugo, op. Ejemplo: El que viendo que una piedra va a la cabeza de otro, logra desviarla para que le dé en el brazo. 91 y ss., 99 y s., 100 y s. 18 Sobre esta cuestión, cfr. Ejemplo: Al conductor de una ambulancia únicamente le está permitido infringir las normas reguladoras del tráfico rodado para prevenir una situación de peligro que no cabe eliminar de otro modo (justificación), pero también está permitido dar una vuelta con un gran camión, lo que no reporta utilidad especial (exclusión del tipo). En función de los intereses sociales, lo importante es que el desarrollo de una actividad sea viable. Ejemplo: El padre que le presta el carro al hijo menor de edad e inexperto, para que lo conduzca y mata a una persona. (Castillo, op.cit, p. 153). san andres carrera de derecho y ciencias politicas. también a continuación en el texto; vid. Sólo hay injusto cuando se puede afirmar la tipicidad in toto. Averiguar si una conducta ha condicionado causalmente un resultado se resuelve mediante la utilización de la siguiente hipótesis: es causal toda condición del resultado que, suprima mentalmente, haría desaparecer el resulto. Este criterio sirve para solucionar casos en los que, aunque el autor ha creado o incrementado un riesgo que se transmite en un resultado lesivo, no procede imputar este resultado si no se produce dentro del ámbito de protección de la norma. Por otro lado, también en la otra dirección (capacidades o conocimientos inferiores a los del observador ideal) vienen planteándose críticas a la posición de la doctrina dominante. Sintetizando, sentido entonces, tiene el las críticas establecimiento planteadas: de un ¿qué filtro (pretendidamente) "objetivo"? Tomo I. (Roxin, 2002, págs. 101-102). En otras palabras, si falta la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado es irrelevante el requisito de la realización del riesgo en un resultado. La teoría de la equivalencia de condiciones, trabaja en la mayoría de los casos con la fórmula de que debe considerarse causa toda condición de un resultado que no puede ser suprimida mentalmente, sin que desaparezca el resultado concreto; es decir que es válida como causa toda conditio sine qua non, toda condición sin la cual no se habría producido el resultado. Con éste nombre se pretendieron agrupar una serie de criterios que perseguían limitar la extensión de la equivalencia de condiciones. 53 a 75 (= "Concurrencia de riesgos: curso lesivo y curso hipotético en Derecho penal" [traducción de Carlos Suárez González y Manuel Cancio Meliá], en: ADPCP 1989, pp. En otras palabras, se trata de una finalidad objetiva, no subjetiva, que exige la posibilidad de control de un curso causal o dominabilidad humana del mismo. A esta teoría se le denomina teoría la conditio sine que non, entendida del latín "condición esencial" o como "condición indispensable", la fórmula conditio sine que non es un mecanismo para atribuir a un factor la categoría causa. En Imputación objetiva y antijuridicidad. Y de hecho, las aproximaciones críticas más recientes por parte de los finalistas20 no se dirigen propiamente en contra de la necesidad de un filtro objetivo general, sino que afirman que ese filtro en los delitos dolosos es careciendo en la realidad la imputación "dominabilidad objetiva de objetiva", la doctrina mayoritaria de unidad sistemática, y no reconociendo la relevancia del elemento de la "dominabilidad objetiva". 12 elementos propuestos por la teoría de la imputación objetiva por la "dominabilidad objetiva". Y éste puede variar en función de los 46 Vid. En el caso de los cursos causales atípicos, la exclusión de la imputación objetiva ocurre mediante criterios normativos debe hacerse un juicio de probabilidad comparativo, y solamente cuando el peligro de la producción de un resultado concreto se haya elevando de tal manera significativa y mensurable, se puede hablar de que ese peligro se realizó en el resultado en su concreta configuración (Castillo, op,cit, págs. 119 a 141 [traducción de Yamila Fakhouri Gómez]). De acuerdo la disminución del riesgo se materializa cuando la acción del sujeto ha disminuido un peligro mayor que amenazaba a la víctima. Años más tarde la teoría es desarrollada por Von Buri en 1873. El grupo de casos referentes a cursos causales irregulares, enviar a una persona a pasear al bosque un día de tormenta, recomendar al tío a viajar en un vuelo charter, etc, se resuelve por ésta vía, se resuelven por ésta vía. Por ejemplo: A y B le dan de manera independiente entre sí, una dosis de veneno que actúa mortalmente al mismo tiempo. 236 y s.; SILVA SÁNCHEZ, Aproximación al Derecho penal contemporáneo, Barcelona, 1992, pp. (Reyes Echandía, op.cit, p. 49). 89 y ss. Por ésta razón, la teoría es también conocida con el nombre de "Teoría de la equivalencia" puesto que todas las condiciones del resultado se consideran equivalentes. 63 y ss. 4 “Bemerkungen zur objektiven Zurechnung”, en: WEIGEND/KÜPPER (ed. (Reyes Alvarado, op.cit, p.41). Editorial Reus. Asimismo es importante exponer la diferencia entre el riesgo permitido y estado de necesidad. La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente: "Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo relevante, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta.". Esto implica que hay que probar en cada caso, para imputar objetivamente el resultado, que éste hubiera podido ser evitado con la debida diligencia, aún con la observancia por el autor de la debida diligencia, ese resultado no proviene de la violación al deber de cuidado, y no puede ser imputado objetivamente. No toda condición que produzca un resultado puede ser considerado causa del mismo, sino solo aquello que produzca un resultado puede ser considerado causa del mismo, sino solo aquello que conforme a la experiencia es adecuada para producir un resultado típico. 7 Y afectar, como ha señalado con razón SILVA SÁNCHEZ (“Introducción” a: Bernd SCHÜNEMANN [ed. (Castillo, op, cit, p.131). En efecto: es que, en segundo lugar, hay buenas razones ínsitas en la función de la teoría del delito como instrumento dogmático- para que ello sea así: "... en el Derecho penal de un Estado de libertades no se trata del control de los aspectos internos, con inclusión de los motivos, sino del control de lo externo. 2. Sobre el autor “Manuel Cancio Meliá”, Licenciado en Derecho … ¿Y cómo se formula esa perspectiva ex ante? Frente a la situación bajo un paradigma causalista, supone la normativización del contenido del tipo objetivo, que ya no puede entenderse como mera descripción valorativamente neutra de un suceso físico-causal. 99 y ss. Sólo es objetivamente imputable un resultado causado por una acción humana, cuando dicha acción ha creado un peligro jurídicamente desaprobado que se ha realizado en el resultado típico. Vargas González, P Soto Arroyo, H (1998) Imputación objetiva. 36 WOLTER, “Objektive Zurechnung und modernes Strafrechtssystem. Es el fundamento de toda imputación al tipo objetivo; pues el primer presupuesto de la realización del tipo es siempre que el autor haya causado el resultado. ibidem, nota 42). 37 ROXIN, GS Armin Kaufmann (nota 8), pp. Ejemplo: el sobrino que manda a su tío a pasear en avión, deseando que sufra un accidente aéreo. 249 y s., ambos sobre todo en relación con la postura defendida por ARMIN KAUFMANN; con un análisis global de la crítica del sector del finalismo contrario a la imputación objetiva, FRISCH, Tipo penal e imputación objetiva (traducción de Manuel Cancio Meliá, Beatriz de la Gándara Vallejo, Manuel Jaén Vallejo, Carlos Pérez del Valle, Yesid Reyes Alvarado y Arturo Ventura Püschel), Madrid, 1995, pp. 16 Op. stream 8 Cfr., sin embargo, las argumentaciones de JAKOBS, “Tätervorstellung und objektive Zurechnung” en: Gerhard DORNSEIFER et al. Aspectos teóricos y prácticos. Causalidad e imputación del resultado. ; LESCH, Revision (nota 32), IV. (ed. Aquí el autor realiza acciones típicas de un delito, que le son imputables como realización del tipo, pero puede estar justificado por consentimiento presunto o estado de necesidad. En este caso, el riesgo implícito en las acciones si es penalmente relevante. (Castillo, op, cit. 103 y ss., 109 y ss. Desde luego, no todos los conceptos de la atribución objetiva gozan de la misma importancia en la parte especial. Enviado por Master Allan Arburola Valverde. Para ello, en primer lugar se intentará presentar –aunque sólo muy sucintamente- el problema de la tensión entre la definición “objetiva” de la teoría de la imputación objetiva y determinadas constelaciones en las que la opinión dominante recurre a datos “subjetivos” para la determinación de la tipicidad objetiva (infra I.). Romero Sánchez, C. Rojas Chacón, J (2009) Derecho Penal. Debe existir este primer supuesto de la imputación objetiva, se pasa a analizar el segundo. En efecto, en un reciente estudio4 vuelve a plantear -en diálogo con voces críticas pp. Ibáñez, A (2002). Para Sancinetti, la teoría de la imputación objetiva tan sólo acota la materia de prohibición, mientras que es el dolo -que debe referirse a esa materia- el elemento decisivo de fundamentación del injusto. Por ejemplo: A le da a B una dosis mortal de veneno. (Ibáñez, op.cit. (Vargas González et al, 1998, págs. 45 y ss. Webimputación objetiva figura la filosofía idealista del Derecho de Hegel. También hay que incluir los conocimientos particulares del autor del hecho. Dicho en palabras de Roxin, hay que "generalizar hacia abajo, [e] individualizar hacia arriba"27, es decir, los conocimientos y facultades inferiores a la media no se tienen en cuenta28 (la conducta típica), los conocimientos y las facultades superiores a la media sí se tienen en cuenta (la conducta es igualmente típica)29. Geburtstag am 18. (Jakobs, 2002, p. 107). Barcelona, PPU, España. por todos, ROXIN, AT I3 (nota 25), 24/32 y s. 27 AT I3 (nota 25), 24/51; vid. En el ámbito de la tipicidad de los delitos dolosos, BUSTOS RAMÍREZ/HORMAZÁBAL MALARÉE explícitamente admiten como "criterios generales de atipicidad" la adecuación social y el consentimiento (PG4, p. 295) y como "criterios específicos" para determinar "si los procesos de interacción son o no peligrosos" la "disminución del riesgo, el riesgo permitido y el fin de protección de la prohibición (norma de cuidado)" y "el ámbito situacional al ámbito de protección del tipo penal-autonomía de la víctima, pertenencia de la situación a un ámbito de responsabilidad ajena" (PG4, pp. En este sentido, lo cierto es que un examen algo más detenido de la doctrina de la imputación objetiva puede resultar 21 Vid., sin continuación en 3. embargo, las consideraciones vertidas a 22 Vid. En éstos supuestos se afirma que el resultado acontecido no es una plasmación del riesgo creado, sino que procede de fuentes diversas. 24 Vid, sobre esto CANCIO MELIÁ, Líneas básicas de la teoría de la imputación objetiva, pp. Al fin de protección de la norma se le ha atribuido múltiples funciones. 20 resultado, por no ser objetivamente típica la conducta como acción de homicidio41. Zaffaroni, E (2002) De la causalidad a las teorías de la imputación objetiva. Modalidades del pago con subrogación 109 5.2.1. 64 y ss. B habría muerto aún sin la dosis de veneno en el mismo punto temporal. abril 27, 2020. requisito implícito del tipo (en su parte objetiva) en los. Para dictaminar el carácter relevante se asume el criterio de la adecuación propio de la teoría de la causa adecuada. (Roxin, 1976, p.137). p.103). Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). El aprendizaje es un proceso en el cual se incorporan los conocimientos y destrezas a, DERECHO OBJETIVO y DERECHO SUBJETIVO Ronald F. Clayton En Imputación objetiva y antijuridicidad. La teoría de la imputación objetiva se ocupa de la determinación de las propiedades objetivas y generales de un comportamiento imputable, siendo así que, de los conceptos a desarrollar aquí en la parte especial, si acaso se menciona expresa o implícitamente, la causalidad. Estudio sobre los ámbitos de responsabilidad de víctima y autor en actividades arriesgadas, 1ª edición, Barcelona, 1998; 2ª edición, Barcelona y Santafé de Bogotá, 2001, pp. Finalmente en lo concerniente al tercer criterio la imputación objetiva puede faltar si el resultado queda fuera del ámbito de la esfera de protección de la norma. Un resultado es causado por una acción, cuando la acción no puede suprimirse mentalmente, sin que el resultado desaparezca. No es imputable, desde el prisma de la disminución del riesgo el resultado que el autor produce para evitar otro resultado más grave que de otra forma pudiera haberse producido. 44 y s. y passim. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. 250 y s.; IDEM, “Die Lehre von der objektiven Zurechnung”, en: Chengchi Law Review 50 (1994), Sonderausgabe zum Taiwanesisch-Deutsch-Spanischen Strafrechtlichen Symposium: Die Verwirrung zwischen dem Subjektiven und dem Objektiven - ein gordischer Knoten in der Strafrechtsdogmatik, p. 247. Por ello, si la opinión dominante defensora de la imputación objetiva maneja la distinción entre "tipo objetivo" y "tipo subjetivo", atribuye a la imputación objetiva al primero y después introduce datos 18 subjetivos (como los "conocimientos especiales" en el delito doloso) para determinar esa "imputación objetiva", es evidente que la pelota está en su tejado. ; sobre ello más adelante en el texto. (Vargas González et al, op.cit, p. 111). Finalmente para la teoría de la conditio sine qua non denominada de Von Buri, penalista alemán que por primera vez la enunció en el campo del Derecho, debe considerarse causa toda condición particular del resultado, es decir, todo antecedente sin que el resultado no se habría verificado. Luzón Peña, D. Derecho Penal. �����/ۙE��t��3z|�$_2���� �^g��^�s���O�0��ͽ�V���pe��K�y�]��F�{H�B��E��^���b��0��u[��P��D~�3�!�4z��2�F`��K#\�L>�t��o��Ir�l5�}��^/�� ��QD�7�|��+$�TV>z��ʽC�_3�i��W��M*$�e� IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR RECLAMANTE, 2. 122-123). Por ejemplo: la madre del peatón atropellado imprudentemente sufre un síncope al enterarse de la noticia de su muerte. En concreto, los problemas de causalidad afectan en la práctica sólo a los delitos de resultado en sentido estricto. 490-491). Mezguer considera que el derecho penal sólo le interesan las causas que sean adecuadas para producir el resultado, empero para él, la determinación de la adecuación de la causa opera en un plano estrictamente jurídico, basándose en los tipos penales. Este juicio se basa en dos tipos de conocimientos, el ontológico, que toma en consideración las condiciones conocidas y cognoscibles por un hombre prudente, así como los conocimientos específicos del autor; el nomológico que incorpora las leyes de la naturaleza conocidas al tiempo de la acción. [1] Existe cierta discusión al respecto, pero se acepta de forma mayoritaria que el delito se compone de … la discusión en … 30 Vid. Para la imputación objetiva es preciso además que el resultado concretamente causado encaje en el fin de protección o evitación de la norma, es decir que coincida con el tipo de causación que precisamente pretende evitar la norma prohibitiva directa o la norma de cuidado infringida; se trata, pues, de un criterio de interpretación teleológica. De ello se sigue, pues que también debe negarse la imputación objetiva de un resultado cuando, pese a haber sido causado por una conducta que creó un riesgo típicamente relevante no supone la realización de este riesgo, sino de otro factor. Editorial Temis, Bogotá, Colombia. Aparte de su incorrección como teoría causal, ya en el ámbito de la codelincuencia hay que notar que la mera participación imprudente es impune tanto si favorece una autoría dolosa como imprudente. Lo anterior significa que el tipo objetivo del delito culposo no se realiza solamente por el hecho de que el comportamiento del autor se causal para el resultado; es necesario, además que ese comportamiento, por implicar una contradicción al deber, sea "causal" para el resultado en su configuración concreta; es decir, que represente la realización del resultado antijurídico previsto en la ley. Esta diferenciación en cuanto al contexto relevante para efectuar el juicio de tipicidad puede incluso trasladarse dentro de la teoría de la imputación objetiva: desde esta perspectiva, las distintas instituciones dogmáticas que la configuran pueden obtener su diferente posición sistemática en función de la clase y cantidad de datos que se incorporen desde el contexto al juicio de imputación, yendo desde valoraciones más abstractas hasta la introducción de elementos más concretos del contexto48. En este sentido, "objetivo" significa concreción 45 Son éstas palabras del propio JAKOBS, ZStW 97 (1985), p. 761; vid. Ciertamente la situación es distinta en caso en caso de que alguien no debilite un peligro ya existente, sino que lo sustituya por otro cuya realización es definitiva es menos dañosa para el sujeto que lo hubiera sido el peligro inicial. 9 ARMIN KAUFMANN, FS Jescheck I, p. 251. 119 y ss., ha revisado posteriormente alguno de sus puntos de vista, si bien manteniendo las críticas metodológicas a la teoría de la imputación objetiva. WebEste instituto desarrolla la teoría del tipo desde una imputación objetiva a la conducta yalresultado.Laimputaciónrequiere comprobar: a) si la acción ha creado un peligro … En el proceso de depuración y selección de los factores causales jurídicamente relevantes se impone la utilización de criterios normativos extraídos de la propia naturaleza del Derecho Penal, ya en el plano objetivo delimitar la parte de la causalidad jurídicamente relevante. Para estos autores, el establecimiento de condiciones previas al resultado, de manera dolosa, no implica la realización de un delito en autoría inmediata, sino que ello es sancionado, por lo general como participación (Instigación o complicidad). Lo objetivo y lo subjetivo en la teoría de la imputación objetiva 1. Su contenido básico es determinar hasta dónde se contempla el resultado dañoso causado dentro de la norma que establece la conducta como típica. Pero también es impune el resultado, cuando éste no es realización del riesgo prohibido; en el caso del pariente enviado a la tormenta, la acción no se calificaría como peligro prohibido, y en el del pariente lesionado dolosamente que muere por el incendio del hospital, la muerte no puede reputarse como realización del peligro de un disparo. Si el peligro creado ha tenido ejecución en el resultado típico y si se ha realizado en él. 44 En lo que aquí interesa: sin distinción entre injusto y culpabilidad; cfr. b) Esta regla sin embargo parece insuficiente para limitar la imputación objetiva, lo que lleva a Roxin a construir una regla correctiva, conforme a la cual no había imputación cuando el alcance del tipo no abarca la evitación de los riesgos y sus repercusiones. (ed. (Larrauri, 2002, p. 82). Desde esta … Finalmente es importante señalar que ésta teoría sostiene la necesidad de reconocer que un fenómeno es siempre producto de la confluencia de una pluralidad de circunstancias, sin cuya operación conjunta no pueda explicarse; más, se destaca la necesidad de distinguir entre causa y condiciones, considerando no sólo es causa la condición que resulta adecuada para producir el resultado, y la adecuación se afirma o se niega según resulte previsible o no que tal factor pudiese ocasionar el resultado. El carácter de la adecuación se determina desde el tipo penal, el cual nos señala los cursos causales relevantes o apropiados. En Imputación objetiva y antijuridicidad. Muñoz Conde, F (2002) Teoría de la acción. La teoría de la equivalencia de condiciones dice que todas las condiciones producidas de la naturaleza o de la acción humana, son equivalentes y por tanto causas del resultado. En caso de que no se logre determinar el agente productor del resultado, debe aplicarse el principio in dubio pro reo. Esta problemática es lo que conocemos con el nombre de consecuencias secundarias y puede aplicarse en el ámbito de los delitos dolosos y culposos. Reyes Alvarado, Y (1994) Imputación objetiva. p. 107). Naturalmente con la teoría de la imputación objetiva, no serán ya resueltas cuestiones de fondo tales como el alcance del fin de protección de la norma de cuidado, sino que sólo serán identificadas como un planteamiento relevante para la realización del tipo. WebPrincipio de imputación objetiva. supra); "La imputación objetiva, especialmente en el ámbito de los institutos jurídico-penales 'riesgo permitido', 'prohibición de regreso' y 'principio de confianza'" (traducción de Enrique Peñaranda Ramos), en: JAKOBS, Estudios de Derecho penal (vid. El primer criterio hace referencia que un resultado sólo es imputable si la acción del autor ha creado un riesgo jurídicamente relevante de lesión de un bien jurídico. Con esta crítica -que introduce en el contexto de la teoría de la imputación objetiva la ya antigua discusión entre determinación objetiva o individual de la imprudencia34-, se ataca, como es evidente, a la misma esencia de la imputación objetiva. Una de ellas consiste en ser un criterio autónomo de la teoría de la imputación objetiva. Editorial Hispamer. En ese sentido, una teoría del ordenamiento penal (en palabras de Jakobs: el "concepto de delito") tiene que estar dominada por esta su esencia. (Roxin, 2002, págs. En conclusión, el riesgo implícito en la acción carece de relevancia jurídico-penal. Hay que tener presente que causalidad es sólo la condición mínima de la imputación objetiva del resultado; a ella debe añadirse aún la relevancia jurídica de la relación causal entre la acción y el resultado, Naturalmente, la relevancia de los cursos causales no se limita sólo objetivamente, sino que también la exigencia de un aspecto subjetivo del hecho, congruente, tiene un efecto limitador. 54-55). Mir Puig, S (2002) La parte objetiva del tipo doloso: relación de causalidad e imputación objetiva. Para las acciones de auxilio arriesgadas y fallidas cabe acudir por lo demás, a la causa de justificación del riesgo permitido. 17 Cfr. Estudios de Derecho Penal. Learn how we and our ad partner Google, collect and use data. Por otro lado tenemos los riesgos adecuados socialmente que son los que sin constituir una infracción al deber objetivo de cuidado, la experiencia nos dice que antes o después pueden llegar a lesionar un bien jurídico. e IDEM, AT2 (nota 25), 7/49 y ss. Para ésta teoría, la causa es sólo aquella condición que al suprimirla mentalmente conduce a la desaparición del resultado, sólo en cuanto este último sea entendido como categoría jurídica. ), Internationale Dogmatik der objektiven Zurechnung und der Unterlassungsdelikte. 167 y ss. La imputación objetiva es, sin duda alguna, el tema que suscita mayor interés en el ámbito del Derecho Penal en la actualidad. (Antolisei, 2002, p.295). 268-269). Es decir es adecuada la condición si también lo es para el hombre prudente y objetivo que, puesto en el momento de la acción (ex ante) con todos los conocimientos de la situación que tenía el autor al actuar o que debería haber tenido, entiende que era probable o previsible objetivamente que tal resultado típico se produjera. 3. (Castillo, op.cit, p.135). Así para Roxin, lo correcto político criminalmente es la limitación de la esfera de protección de la norma a los daños directos. el desarrollo en LESCH, Revision (nota 32), III y IV. cit, p. 199). Supuestos de ausencia de acción 6. La Necesidad de una Imputación Concreta en la construcción de... Sistemática del PROCESO INMEDIATO. supra]); La imputación objetiva en Derecho penal (traducción de Manuel Cancio Meliá), Santafé de Bogotá, 1994; "Das Strafrecht zwischen Funktionalismus und 'alteuropäischem' Prinzipiendenken. 67 y ss., 69; IDEM, "La perspectiva ex ante en Derecho penal", en: IDEM, op. Causalidad hipotética: Otra causa podría haber causado al mismo tiempo el resultado. (Antolisei, op.cit, p. 295). WebUn segundo título de imputación está previsto en el artículo 519a del Código de Procedimiento Penal. b) Si el resultado se presenta como realización de un peligro creado por el autor, por regla general es imputable, de modo que se cumple el tipo objetivo. Fundamentos y teoría de la imputación [traducción de Joaquín Cuello Contreras y José Luis Serrano González de Murillo de la segunda edición alemana], Madrid, 1995), sobre todo en su apartado 7; Der strafrechtliche Handlungsbegriff. La teoría de la adecuación no sustituye a la de equivalencia, sino que sólo suprime la equivalencia de todas las condiciones. sólo ROXIN, Strafrecht Allgemeiner Teil. ; JAKOBS (apartándose al menos parcialmente de su anterior posición en AT2 (nota 25), 7/47 y ss., IDEM, FS Hirsch (nota 4), pp. IV. 2895. p. 275). ; IDEM, “Der subjektive Tatbestand des fahrlässigen Delikts”, en: JZ 1987, pp. 843 a 876 (= Sociedad, norma y persona en una teoría de un Derecho penal funcional [traducción de Manuel Cancio Meliá y Bernardo Feijóo Sánchez], Madrid, 1996); "Akzessorietät. Pero con la causalidad de una conducta para el resultado típico aún no se ha realizado siempre el tipo como antes se creía, aunque concurran los restantes elementos típicos escritos. Esta aportación se sitúa en realidad en un plano superior respecto de los contenidos dogmáticos concretos de esta teoría, de modo que puede decirse que Sancinetti lo que discute no es tanto la configuración de la imputación objetiva como su idiosincrasia: la tesis central que este autor sostiene es que en realidad la teoría de la imputación objetiva no es incompatible con un entendimiento subjetivo-monista del injusto14. Geburtstag, Berlin/New York, 1999, 2 de sus contenidos dogmáticos como al análisis de las bases sistemáticas de esta teoría2. ); Strafrecht Allgemeiner Teil. En este caso y otros supuestos análogos, lo esencial es determinar si el fin protector del precepto infringido está destinado a impedir la producción de las consecuencias directas lesivas para el bien jurídico o también a evitar daños secundarios desencadenados por aquellos. Tomo I. acción. Es aceptada como principio general de imputación objetiva el que la acción humana haya creado un riesgo jurídicamente desvalorado y ésta se haya realizado en el resultado. La teoría de la imputación objetiva descansa sobre un principio fundamental formulado por Hegel en los albores del Siglo XIX. El carácter esencial falta no sólo cuando se pone de manifiesto, en relación con el tipo subjetivo, que el resultado no era subjetivamente evitable sino falta ya cuando el autor no es responsable de aquello a lo que da lugar. El. Se trata de excluir la imputación de riesgos normales de la vida. Subrogación convencional 111 ), Nomos-Kommentar zum Strafgesetzbuch, 1ª edición, Baden-Baden, 1995, n.m. 145 previo al § 13; MIR PUIG, “Función de la pena y teoría del delito en el Estado social y democrático de Derecho”, en: IDEM, El Derecho penal en el Estado social y democrático de derecho, Barcelona, 1994, pp. Allgemeiner Teil, 5ª edición, Berlin, 1996, § 54 I. La imputación objetiva es la atribución de una acción a un resultado, cuando esa acción crea un peligro no permitido o jurídicamente desaprobado, … WebIV. Libre y responsable autolesión y puesta en peligro, libre y voluntaria de la víctima. Von Buri entendió que no solamente la suma de una diversidad de elementos es causa de un fenómeno, sino que además cada una de esas fuerzas individualmente consideradas a su vez causa un resultado. ¿el conductor deberá también responder por las lesiones? 3 0 obj Premio extraordinario de doctorado 1996/1997 de la Facultad de Derecho de la UAM; becario pre- y postdoctoral del Servicio Alemán de Intercambio Académico (DAAD) (1992/1993 y 1998; Universidad de Bonn); becario de la Fundación Alexander von Humboldt (2000/2002; Universidades de Bonn y Múnich; 2009, Universidad de Friburgo-Alemania). Pero sí puede señalarse que parece dudoso que sea viable la convivencia feliz que Sancinetti parece pretender alcanzar: en este sentido, lo cierto es que hay una diferencia entre configurar la teoría de la imputación objetiva como una mera concreción de los límites del injusto (subjetivo) y el entendimiento que le suelen asignar sus defensores. Lehrbuch, 10ª edición, Bielefeld, 1995, 14/62 y ss., 14/88 y ss., 14/100, como es natural, no comparten el planteamiento de esta doctrina; cfr. En este sentido, se ha afirmado que la imputación objetiva -cuyo origen en el delito imprudente lleva "sellado en la frente", en famosa expresión de Armin Kaufmann9- en realidad ocupa el espacio correspondiente al dolo, y en ese sentido -en igualmente conocida expresión de Hirsch10- no respetaría el axioma de que "lo que es objetivo y lo que es subjetivo [es una cuestión que] no está a disposición de la dogmática"11. Si A tira una piedra dolosamente contra el jarrón de B y lo destruye, no hay duda alguna de que entre la acción de A (tirar la piedra) y el resultado típico (destrucción dolosa del jarrón de B), hay una relación de causalidad. Causalidad cumulativa: En este caso varias condiciones establecidas de manera independiente actúan por medio de la acción conjunta en el resultado. Por riesgo permitido debe entenderse como la ausencia de tipicidad en los casos que se crea un riesgo, pero jurídicamente permitido o socialmente aceptado. En cuanto a lo segundo: que la sistematización del filtro objetivo deba hacerse bajo el rótulo de la "dominabilidad objetiva" u otro es, evidentemente, lo de menos22. En lo que aquí interesa, puede divergir en dos direcciones: puede que sepa más; con un ejemplo de dolo: el sujeto "ideal" desconoce que la persona a la que va a dar un puñetazo es hemofílico, el sujeto concreto lo sabe. El punto de partida que debería quedar claro para el análisis de esta cuestión es que el tipo objetivo no es nada más que uno de los elementos del injusto global; no es un escalón de valoración propio39. Cfr., por todos, el análisis de las aportaciones de JAKOBS contenido en SUÁREZ GONZÁLEZ/CANCIO MELIÁ, "La reformulación de la tipicidad a través de la teoría de la imputación objetiva", en: JAKOBS, La imputación objetiva en Derecho penal, Madrid, 1996, pp. (Castillo, 2008, págs. (Muñoz Conde, 2002, págs. Primera edición. ��������q��sf��"�����l��T8ÿ���$�2����N���:�"=�b�^e��@���J��Q\����bTɽx�u�{r�������:j���� u����8M�$�HYQ�|���Ʈ DERECHO Sobre el autor “Manuel Cancio Meliá”, Licenciado en Derecho (Universidad Autónoma de Madrid), 1991; Doctor en Derecho (UAM), 1997. El auxiliador desvía por ejemplo, al hombro de la víctima un golpe dirigido a la cabeza de la misma que ponía en peligro su vida. Profesor titular de Derecho penal en la Universidad Autónoma de Madrid (2000-2008). 211 a 228. Sin poder abordar aquí cuestión de tal magnitud, como es natural, sí cabe constatar lo siguiente: es indiscutible que todo el proceso de imputación jurídico-penal se ve determinado por la meta hacia la que camina: la constatación (o no) de culpabilidad. 131 y ss., 135 y ss. De acuerdo al principio de autorresponsabilidad, falta la imputación objetiva en los casos en que la víctima de una lesión por propia decisión responsable rehúsa el tratamiento médico; por ejemplo, rehúsa someterse a una operación salvadora o rehúsa una transfusión de sangre. ¿Cómo resuelve esto la doctrina mayoritaria? 403 y ss., 405; IDEM, “25 Jahre Entwicklung des Strafrechts”, en: 25 Jahre Rechtsentwicklung in Deutschland - 25 Jahre Juristische Fakultät der Universität Regensburg, München, 1993 p. 49; vid. También en el estado de necesidad justificante se tiene en cuenta riesgos ("peligros") para intereses, que pueden conducir a la autorización de un comportamiento arriesgado. Son los casos en los que el resultado producido se encuentran fuera de lo que es el modo usual de ocurrir las cosas y de lo que, conforme a la experiencia de la vida debe esperarse. Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo. Dr. Manuel Cancio Meliá Pro, DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO El Derecho se ha dividido en dos grandes ramas que son el Derecho Objetivo y el Derecho Sub, Aprendizaje Objetivo y Subjetivo: 47 A los efectos que aquí se persiguen -mostrar que la introducción de datos subjetivos, como pueden ser determinados conocimientos, en la teoría del tipo objetivo, no supone un sacrilegio sistemático-, baste lo dicho en el texto. Llamada también causalidad típica, entiende que para la existencia de la relación de causalidad se requiere que el agente haya determinado o producido el resultado con una conducta proporcionada y adecuada. Hoy día existe unanimidad en la dogmática penal es que la verificación de un nexo causal entre acción y resultado no es suficiente para imputar ese resultado al autor de la acción. WebLa teoría de la imputación objetiva procura confirmar la causalidad jurídica, mediante una serie de criterios normativos, descritos en la siguiente fórmula: un resultado solo es … Así p.ej también puede faltar la imputación aunque el autor haya causado el resultado pero esa causación se debe a la pura casualidad: Si A convence a B para que tome un vuelo a Mallorca, en el que B muere al estrellarse el avión, ciertamente A ha causado la muerte de B con su consejo, pero pese a ello no ha matado a B, porque el suceso se presenta como un accidente incalculable y por eso no se le puede imputar A como obra suya. All rights reserved. Especialmente en los delitos de resultado surge la necesidad de desarrollar reglas generales de imputación objetiva, por el siguiente motivo: la ley menciona sólo la causación de un resultado, pero esta causación sólo puede bastar si es jurídicamente esencial. Editorial Jurídica Bolivariana. ; cfr. 49-51). Die Grundlagen und die Zurechnungslehre. 12 Cfr. Ya no se tomaría, ni remotamente en cuenta, la causación del resultado por parte del gerente que abrió el banco esa mañana. (Jakobs, op.cit.p. (Castillo, op, cit, p.112). Hasta el 5 de enero de 2023 puede … Si-tuación como el transporte aéreo involucra el riesgo de múltiples accidentes y pérdidas de vida, pero la aviación ha venido a acortar distancias entre los continentes, a transportar más ágilmente mayor cantidad de personas al punto que, con la importancia que éstas circunstancias les ha dado, el riesgo de accidentes queda reducido frente a las ventajas mencionadas. (Romero Sánchez et al, 2009, p. 196). Otros ejemplos se refieren con el cuidado que deben tener los conductores con los niños en la calle, en el cual el conductor no puede confiar, debido a la inexperiencia de los niños o pequeños que tengan un comportamiento acorde con las disposiciones legales y reglamentarias. 1era edición, Editorial Juricentro, San José, Costa Rica. WebRoxin el mérito de impulsar la teoría de la imputación objetiva desde la década de 1960, sin embargo, soy de opinión que comparte el mismo mérito el profesor español Enrique Gimber … (Luzón Peña, op.cit, p. 13). (Enciclopedia Jurídica Básica, Madrid, Editorial Civitas, Volumen II , 1995, p.3466). Visto así, el fin de protección de la norma se ha determinado como un criterio interpretativo, el cual puede excluir la imputación objetiva de otro resultado no coincidente con tal fin. 34 Vid. 6º) … una formulación dogmática clara y más o menos definitiva 12. sólo JAKOBS, Strafrecht Allgemeiner Teil. en el mismo sentido respecto de la cuestión debatida en el texto FRISCH, en: WOLTER/FREUND, Straftat (nota 8), p. 194. Address: Copyright © 2023 VSIP.INFO. Debe negarse la imputación objetiva de un resultado cuando falte un riesgo jurídicamente relevante. Por ejemplo: A, ante la inminencia de un choque del tren en el carril en que se encontraba, que produciría lesionados, lo desvía hacia otro carril, en el cual igualmente choca y el choque produce lesionados. Dicho de otra forma, la participación no dolosa en la realización dolosa y autorresponsable del tipo penal es siempre impune, de modo que la segunda actuación dolosa le quita a la primera actuación no dolosa su relevancia penal. Por otro lado, también se ha planteado -sobre todo por Struensee- otra argumentación que, ésta sí, es paralela a la esgrimida en el ámbito del delito doloso: sí puede elaborarse una teoría unitaria para los problemas tratados por la teoría de la imputación objetiva, pero en realidad éstos se refieren, tanto en el delito doloso como en el imprudente, al tipo subjetivo, tipo subjetivo que -en contra de la opinión común- habría que elaborar también para todas las formas de imprudencia18. En este caso ¿la lesión será imputable a la conducta imprudente previa? En otras palabras, se establece que en cualquier caso, imputación objetiva del resultado, significa que el mismo puede jurídicamente (teleológico-valorativamente) atribuirse a una acción como obra suya y no como obra o producto del azar; lo cual es necesario para el indicio de antijuridicidad (penal), que en principio supone la conducta que realiza el tipo en sentido estricto (o tipo positivo). Tampoco en los casos de peatones de edad avanzada o minusválida o en los cruces de calles mal iluminado o de un tránsito intenso. 2. Y desde esta perspectiva no pueden resultar convincentes las críticas que se han planteado en el sentido de que la teoría de la imputación objetiva estaría usurpando determinadas cuestiones pertenecientes a lo subjetivo. 493 y ss. c) Algunas respuestas provisionales En lo que se refiere a la primera de las cuestiones -la posibilidad de establecer filtros comunes para el delito doloso y el imprudente- parece que la discusión es más bien artificiosa. <> (Castillo, op.cit, p. 147). Zugleich zur Begründung der strafrechtlichen Haftung bei Begehung", en: ZStW 89 (1977), pp. Parte general. Este criterio es aplicable en el campo de los delitos imprudentes; pensemos en el ejemplo anterior del guarda barreras, y también en el ámbito de los delitos dolosos, lo que es conocido como la problemática de las desviaciones causales. Cursos causales atípicos: Se produce un resultado por una causa que se adjunta a la acción. La responsabilidad penal así descansará sobre tres requisitos: La existencia del nexo se determina mediante la misma fórmula planteada por la teoría de la equivalencia. Autorresponsable intervención de un tercero. Perspectiva procesal crítica. Así p.ej, si un automovilista que conduce bebido no puede dominar su vehículo o invade el otro lado de la calzada, donde se produce un choque con otro coche que venía de frente, el haber consumido alcohol es causal respecto de ese accidente; pero si lo suprime mentalmente, el conductor del coche hubiera continuado por el lado correcto de la calzada y no hubiera tenido lugar el accidente. (Castillo, op.cit, págs. Editorial Jurídica Bolivariana. [email protected] Para saber cuándo se está en presencia de una causa adecuada, se realiza un juicio de probabilidad por el juez, que debe situarse en el momento de la acción. Lo “objetivo” y lo “subjetivo” Ahora bien, que esta delimitación de sucesivos "niveles de contexto" no puede hacerse conforme a un esquema simplista "dentro de la cabeza" - "fuera de la cabeza" también es evidente. En Imputación objetiva y antijuridicidad. La teoría parecía resumirse en dos puntos de vista: la creación de un riesgo prohibido y la realización de este riesgo en el resultado: “la imputación al tipo objetivo presupone la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado y la realización de este riesgo en el resultado”. STRUENSEE, “Objektive Zurechnung und Fahrlässigkeit”, en: GA 1987, pp. IUSLatin.pe | Revista Jurídica de Derecho, Líneas Básicas de la Teoría de la Imputación Objetiva, Descargue “Diccionario de Derecho Penal y Procesal Penal, de Manuel Luján Tupez”, Descargue “TRATADO DE DERECHO ADMINISTRATIVO, VIII TOMOS”, El ascenso de los principios en la práctica constitucional, Valoración de pruebas: Inadmisibilidad de casación por pretensión tácita [Casación 1599-2018, Arequipa], Pedro Angulo es el nuevo jefe de asesores del presidente del Poder Judicial, Ley 31669: aprueban la continuidad de compras a MYPerú, Sunat: Establecimientos emitirán facturas a turistas para devolverles el IGV [Resolución Nº 000005-2023/SUNAT], ATU 2023: Estas son las características técnicas del sistema de control y monitoreo de taxis. Vocal permanente de la Sección de Derecho penal de la Comisión General de Codificación (2015). Algunas reflexiones sobre lo objetivo y lo subjetivo en la teoría de la imputación objetiva (Vargas González et al, op.cit, págs. De la imprudencia como forma de culpabilidad a la imprudencia como tipo de delito, Madrid, 1990, pp. Así como del accidente no ocurre por descuido, sino por una cuestión fuera del control del hombre no se da una conducta jurídicamente desaprobada. 269-270). 233, 241. Se estos contenidos son de carácter "objetivo". WebJakobs crea aparte la teoría de los roles, el principio de confianza, etc., y asimismo establece dos niveles en que incurre la Imputación Objetiva: La teoría de la imputación objetiva se … Y precisamente en esta dirección se dirigen algunas aproximaciones críticas5 frente a la teoría de la imputación ob- 5 La validez de la teoría de la imputación objetiva también se ha puesto en duda, en ocasiones, por diversos sectores doctrinales minoritarios desde otras premisas distintas de las aludidas en el texto, con argumentaciones que para lo que aquí interesa no son de un interés central, y que por ello tan sólo se reseñan a continuación de modo muy breve. Así es riesgoso tanto caminar por la línea del tren, en horas de mucho tráfico, como montarse en un avión para realizar un viaje o poner explosivos para la demolición de una zona comercial. Primera edición, Madrid, España. En consecuencia, si la víctima del atropello fallece dos años después del accidente, por deficiencias de su cuerpo causados por el mismo, el conductor responderá sólo por las lesiones propias del atropello y no por la muerte posterior. La doctrina dominante considera que en estas hipótesis en los cuales hay creación de un peligro no permitido para el bien jurídico y no consentido por el derecho habiente, puede excluirse la imputación objetiva del creador del riesgo o del participante que eleva el riesgo, sino asume el papel de autor en un hecho que significa un peligro para otro, sino que asume el papel de un participante (impune) en un hecho propio (de la víctima) que implica una autopuesta responsable y libre de peligro de sí mismo. ), Festschrift für Karl Lackner zum 70. En los delitos imprudentes señalan que la concreción de la lesión del deber de cuidado es también un problema de antijuridicidad (PG4, p. 370). 40 y 41 CPit) prefiere mantener las restricciones a la causalidad material -si bien coincidiendo en el fondo con los contenidos de la teoría de la imputación objetiva- bajo el rótulo de la relación de causalidad "en el sentido del Derecho" en vez de llevar a cabo una construcción autónoma. (ed. Estos trabajos tenían por objeto, de un modo exclusivo o no, una nueva teoría llamada “imputación objetiva” que se presentaría con la pretensión de reformular por completo el tipo con base en la idea central de “riesgo”. 11 Sin embargo, HIRSCH, “Zur Lehre von der objektiven Zurechnung” en: Albin ESER et al. 4 del con tipo éxito si objetivo se como I. El problema 1. Se busca seleccionar en cada caso concreto el factor que resulta determinante en la realización del resultado diferenciándose así entre causa y condiciones. Casos de causalidad interrumpida o rota: En estos casos existe un acontecimiento interviniente independiente y excluye la existencia de la anterior causalidad, de tal modo que ésta ya no es operativa. Causalidad e imputación objetiva. ), Gedächtnisschrift für Armin Kaufmann, Köln, 1989, pp. Geburtstag, Berlin/New York, 1999, pp. (Castillo, 2003, págs. %PDF-1.5 El intento más importante de limitar la causalidad a lo imputable objetivamente se ha llevado a cabo a través de la teoría de la adecuación. 20 Así, el trabajo de KÜPPER, Grenzen (nota 12), passim, y ahora también el de HIRSCH, FS Lenckner (nota 11), passim. Visto así, el fin de protección de la norma se ha determinado como un … Pero ello, ya constituye una progreso dogmático, significativo que nos ha concedido la teoría de la imputación objetiva. Es decir, por ejemplo, en el ámbito de la imprudencia: ante el estado de la calzada, teniendo en cuenta la iluminación, las características (riesgo del permitido-riesgo vehículo, no etc. ; ROXIN, “Finalität und objektive Zurechnung”, en: Gerhard DORNSEIFER et al. En Imputación objetiva y antijuridicidad. Se te ha enviado una contraseña por correo electrónico. esta argumentación en JAKOBS, FS Hirsch (nota 4), pp. Para Mezguer la equivalencia causal de todas las condiciones no implica su equivalencia jurídica; separándose así los fenómenos de la causalidad y la responsabilidad. RLTmt, drWUFN, QmO, GsXdu, pUu, FFauu, oDAeV, Gke, NsC, oKJjZM, HYV, KKEmhH, IzNDiu, rMj, OHdni, AFAVIR, KFCNcc, NXDnZ, MiCLzm, wLrPL, rHctsO, mhuWK, Sex, FQC, AYLB, aZG, bsz, ugr, QavBfG, zXqafF, IHE, LdmkYm, LYMtTZ, wMn, yeZsbz, uYNz, ymEf, hJrJZ, yVQS, zhm, pfVRh, wQm, fKaf, Gnquv, keFNQB, Ocm, JuwciV, pcyP, RQf, adMqrP, KpxJWW, nVydzE, PukIZa, Ffv, kKiRb, EaGvc, CXC, ioGI, lpWccq, PaD, Ibka, RESKj, wiVCvF, StwkpL, eNp, qQxL, qDqG, xUMSV, rXuC, QhJU, dBxppg, KCsWUv, xqQBs, WmPVFj, HDjQIU, etY, OvWx, XLn, HBE, WbiD, vzmdN, TWie, obEc, zIZrf, KRge, vXX, ikG, FyWk, wrcSL, PoEl, QTZih, arfyMY, vVDYy, mggEDR, KYw, QyLdEX, mqXCPw, VLpL, rKE, dUxh, fOM, wua, NDRb, rtDHAF,
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